Evaluando propuestas

Sistema Automatizado de Control de Inventarios

Publicado el 29 Septiembre, 2016 en Legal

Sobre este proyecto

Abierto

El sistema automatizado de control de inventarios debe ser capaz de registrar entradas, salidas, materiales utilizados en la producción de las salidas y descontar las entradas por medio del metodo de PEPS (Primeras Entradas, Primeras Salidas).

Las entradas es información de pedimentos de importación de materias primas, las salidas con pedimentos de retorno de priductos resultantes de proceso productivo de las empresas, para saber cuando es ese consumo, se da de alta una receta o lista de materiales utilizados por periodo.

Los catalogos de información aduanera (pedimentos) se complementan con información productiva o de materiales (Las facturas de importación y exportación).

Los modulos principales son:

Modulo de Catalogos (este debe contener al menos):

Empresa (dirección, nombre, telefono, registros fiscales y aduaneros).

Clientes y Proveedores (dirección, nombre, telefono, registros fiscales y aduaneros).

Fracciónes arancelarias (vienen en los pedimentos).

Clases (grupos para ser mas especificos los grupos de fracciones arancelarias)

Partes (los numeros de parte de las empresas de acuerdo a su erp o mrp o registro de inventarios y producción).

Materiales utlizados (donde se relacionan los numeros de parte de materia prima con los de producto terminado con su respectivo consumo.


Modulo de Entradas (donde se captura la información del pedimento y de las facturas de trafico o comerciales)

Modulo de Salidas (donde se captura la información del pedimento y de las facturas de trafico o comerciales)

Modulo de Descargas (donde se puedan descarga de acuerdo al modulo de materiales utilizados automatico o especifico)

Modulo de reportes:

Este debe poder generar reportes de la información capturada de acuerdo a los modulos anteriores, por ejemplo, un reporte de entradas, por factura o pedimento, uno de salidas, igual, uno de materiales utilizados con sus fechas de efectividad y finalmente uno saldos que viene siendo el resultado de la descarga de las entradas y salidas de acuerdo a los materiales utilizados.


Modulo de Activo fijo:

Este debe poder registrar la maquinaria, equipo, refacciones, accesorios, herramemientas con sus datos aduaneros y de identificación individual (marca, modelo, serie), pudiendo relacionacionarlos con los pedimentos de entrada, de salida y facturas nacionales.

De igual manera incluyo la fundamentación legal de este sistema.

Marco Legal:

sistema automatizado de control de inventarios

    i. Información mínima que deberá contener el sistema automatizado de control de inventarios a que se refiere la regla 4.3.1.Ley Aduanera.

        El sistema automatizado de control de inventarios conforme al presente apartado, deberá permitir por lo menos:

        1. Dar cabal cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley, su Reglamento y las RGCE en lo relativo al control de inventarios de las mercancías importadas temporalmente.

        2. Contar con un instrumento para la comprobación de los retornos de las mercancías importadas temporalmente y control de mercancías pendientes de retorno.

        3. Generar reportes que permitan dar cumplimiento a los requerimientos de información establecidos en las disposiciones aduaneras y de la propia autoridad.

        El sistema deberá estar formado por lo menos con los siguientes catálogos y módulos:

        A. catálogos.

            1    Datos Generales del Contribuyente.

            2. Materiales.

            3. Productos.

        B. modulo de aduanas.

            1. Módulo de información aduanera de Entradas (importaciones temporales).

            2.    Módulo de información sobre Materiales Utilizados.

            3. Módulo de información aduanera de Salidas (retornos, destrucciones, donaciones, cambios de régimen, etc.).

            4. Módulo de Activo Fijo.

        C. modulo de reportes:

            1. Reporte de Entrada de Mercancías de Importación Temporal.

            2. Reporte de Salida de Mercancías de Importación Temporal.

            3. Reporte de Saldos de Mercancías de Importación Temporal.

            4. Reporte de Materiales Utilizados.

        Se describe a continuación la información mínima que deberán contener los catálogos y módulos:

        A. catálogos:

            1. Datos generales del contribuyente.
Se deberá indicar:

                1.1. Denominación o razón social.

                1.2. Clave del RFC.

                1.3. Número de Programa immex expedido por la se.

                1.4. Domicilio fiscal y en su caso el (los) domicilio(s) de la(s) planta(s) industrial(es) y bodega(s) (calle, número, código postal, colonia y entidad federativa).

                Los datos señalados en los numerales 1.1. Y 1.2. Deberán aparecer en todos y cada uno de los reportes.

            2. Materiales. El catálogo de materiales identifica a cada material que se utilice en la producción de las mercancías de exportación objeto del programa y deberá indicar:

                2.1. Fracción arancelaria: la que corresponda a la mercancía de conformidad con la TIGIE.


                2.2. Descripción del material: descripción comercial del material.

                2.3. Unidad de medida de la tigie: la unidad de medida que corresponda de conformidad con la tigie.

            3. Productos. El catálogo de productos terminados que identifica a cada mercancía objeto del programa.

                3.1.    Fracción arancelaria: la que corresponda a la mercancía de conformidad con la TIGIE.

                3.2. Descripción del producto: descripción comercial del producto.

                3.3.    Unidad de medida de la tigie: la unidad de medida que corresponda de conformidad con la tigie.
        B. modulo de aduanas:

            1. Módulo de información aduanera de Entradas (importaciones temporales). Este módulo deberá incluir al menos la siguiente información:

                1.1.
Número de pedimento (clave de aduana/sección de despacho, patente y número de documento).

                1.2. Clave del pedimento.

                1.3. Fecha de entrada declarada en el pedimento.

            2. Módulo de información sobre Materiales Utilizados.

                Este módulo deberá contener la información del proceso objeto del programa y deberá permitir relacionar las cantidades del producto elaborado con el consumo real de componentes utilizados en su producción, para un periodo específico; así como las cantidades de mermas y desperdicios resultantes del proceso productivo. Para tales efectos se entenderá por consumo real, las mercancías importadas temporalmente a que se refiere el artículo 108Ley Aduanera, fracción I de la Ley, que sean utilizadas en el proceso de elaboración, transformación, reparación, manufactura, ensamble o remanufactura, de los bienes objeto de un Programa IMMEX, determinadas por un periodo específico conforme a los sistemas de control que cada empresa tenga establecido.

                Lo anterior podrá determinarse en términos de la unidad de medida de la TIGIE o la comercial declarada en el pedimento.

                Para las operaciones de desensamble, los datos relativos a la importación temporal de la mercancía objeto del desensamble y de las mercancías obtenidas en el proceso de desensamble, además de los mencionados en el numeral 1 del presente rubro son los siguientes:

                2.1. Número o clave de identificación: indicar el número o clave interna que la empresa asigne a la mercancía que resulte del proceso de desensamble y la identifique con el pedimento de importación temporal que corresponda a la mercancía objeto del desensamble.

                2.2. Descripción: proporcionar la descripción comercial de la mercancía que resulte del proceso de desensamble, identificada con un número o clave, conforme al numeral anterior.

                2.3. Unidad de medida: la unidad de comercialización que le corresponda a la mercancía descrita en el numeral anterior.

                2.4. Cantidad de mercancía: la que corresponda conforme a la unidad de medida señalada en el numeral anterior.

                Las partes recuperadas del proceso de desensamble, se registrarán conforme a lo señalado en el párrafo anterior y podrán retornarse o ser destinadas a procesos productivos o de reparación, como insumos, las demás partes se considerarán como desperdicio.

            3. Módulo de información aduanera de Salidas (retornos, donaciones, destrucciones, cambios de régimen, etc.) Este módulo deberá incluir al menos la siguiente información:

                3.1 Número de pedimento (clave de aduana/sección de despacho, patente y número de documento).

                3.2.    Fecha del pedimento.

                3.3.    Clave del pedimento.

                En este módulo se deberá descargar (descontar) de manera automática, la cantidad de cada mercancía determinada o calculada conforme al numeral 2 del presente rubro, utilizando para tales efectos el método de control de inventarios “Primeras Entradas Primeras Salidas" (PEPS), descargando dichas mercancías del pedimento que ampara la importación temporal más antigua que contenga la mercancía a descargar, considerando lo siguiente:

                a) Si la cantidad total de cada mercancía determinada, es menor que el saldo de dicha mercancía contenido en el pedimento que ampara la importación temporal, se descargará la cantidad total de la mercancía.

                B) Si la cantidad total de cada mercancía determinada, es mayor que el saldo de dicha mercancía contenido en el pedimento que ampara la importación temporal, se descargará el saldo de la mercancía contenido en ese pedimento y la diferencia se descargará del siguiente pedimento que ampare la importación temporal que corresponda en orden cronológico.

                Así mismo, deberá efectuar el descargo de los desperdicios al momento de su donación, destrucción, transferencia, cambio de régimen o retorno, utilizando para tales efectos el método de control de inventarios “Primeras Entradas Primeras Salidas” (PEPS), descargando dichas mercancías del pedimento que ampara la importación temporal más antigua que contenga la mercancía a descargar, utilizando el mismo procedimiento de descargos, señalado en el párrafo anterior.

                Tratándose de procesos de reparación, el consumo real por mes deberá descargarse utilizando el método de control de inventarios "Primeras Entradas Primeras Salidas (PEPS) para identificar los pedimentos que amparen la importación temporal.

                Las empresas certificadas que cuenten con la autorización a que se refiere la regla 7.1.4., Que fabriquen bienes del sector eléctrico, electrónico, de autopartes, automotriz o aeronáutico, para efectos de las descargas conforme a los párrafos anteriores, podrán optar por descargar (descontar) de manera automática, el valor por fracción arancelaria que corresponda a la mercancía determinada o calculada conforme al numeral 2 del presente rubro, utilizando para tales efectos el método de “Primeras Entradas Primeras Salidas" (PEPS), descargando dicho valor del pedimento de importación temporal más antiguo que contenga valores pendientes de descargo de la fracción arancelaria de que se trate.

          Las empresas certificadas de la industria de autopartes que reciban las constancias de transferencia de mercancías de las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte en los términos de las reglas 4.3.11.Ley Aduanera, 4.3.15.Ley Aduanera y demás relativas de las Reglas Generales de Comercio Exterior, que opten por aplicar lo previsto en la regla 7.3.1.Ley Aduanera, Apartado A, fracción XIII, registrarán el número y fecha del comprobante fiscal que expidan en términos de lo dispuesto en la regla 4.3.9.Ley Aduanera, a quien le enajenaron las partes y componentes o insumos.

            4. Módulo de Activo Fijo. A través de este módulo se deberá indicar la información aduanera de las importaciones, exportaciones, retornos, transferencias, donaciones, destrucciones y cambios de régimen de los activos fijos, según corresponda y deberá incluir al menos la siguiente información:

                4.1. Descripción de la mercancía: proporcionar una descripción de la mercancía que incluya la marca y modelo, en el caso de maquinaria y equipo.
Tratándose de refacciones, herramientas, instrumentos y moldes, no será necesario anotar dichos datos.

                4.2. Número de pedimento (clave de aduana/sección de despacho, patente y número de documento).

                4.3. Fecha del pedimento.

                4.4.    Clave del pedimento.
        C. modulo de reportes:

            este módulo deberá permitir la emisión de los reportes que comprueben el cumplimiento de las obligaciones en materia aduanera.

            Los reportes mínimos que este módulo deberá emitir son:

            1. Reporte de Entrada de Mercancías de Importación Temporal. El cual deberá mostrar la información a que se refiere el rubro B, numeral 1 del presente apartado.


            2. Reporte de Salida de Mercancías de Importación Temporal. El cual deberá mostrar la información a que se refiere el rubro B, numeral 3 del presente apartado.

            3.    Reporte de Saldos de Mercancías de Importación Temporal. El cual deberá contener los saldos por fracción arancelaria del material importado temporalmente.

            4. Reporte de materiales utilizados. El cual deberá permitir conocer la cantidad de materiales utilizados en la producción por periodo específico.

Cualquier duda estoy a la orden.

Categoría Legal
Tiempo requerido Más de 20 horas
¿Es un proyecto o una posición? Un proyecto
Disponibilidad requerida Según se necesite

Plazo de Entrega: No definido

Habilidades necesarias