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Published on the May 20, 2018 in Admin Support

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Clientes que promueven la solicitud que nos ocupa; Reka Somlai con N.I.E Y0261909-E, Oriol Joshua D’La-Vega con N.I.E. Y2212606-C, Magyar Amerika S.L. Con C.I.F. B-86634664, UWI Hosteleria S.L. Con C.I.F. B-83793034 y Industrial Instruments Engineering, Inc. De Weston, Florida – eeuu con ein: 75-3173421.

El presente documento, se redacta como aportación de informe técnico a la solicitud de prescripción urbanística en el emplazamiento sitio Plaza Jose Moreno Villa Numero 2 entreplanta, antigua Plaza Emilio Jiménez Millas 2 Entreplanta, Madrid, 28008 con numero de expediente de la Agencia de Actividades del Departamento de Disciplina Urbanística numero 220/2017/5260 y también como una certificacion de que la propiedad esta en situacion de fuera de ordenacion al estar en disconformidad con el plan general en vigor, específicamente con el apartado 5 del articulo 6.6.15 de las NNUU del PGOUM97 o comúnmente conocido como Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, y que la parte izquierda de la entreplanta fue construida sin la licencia de obra mayor y por consiguiente sin obtener la licencia de obra final en un estado diferente al estado legalizado y en contra del ordenamiento jurídico en vigor, teniendo en consideración que la licencia de construcción del edificio expediente 523/1970/5770 no contempla la construcción de entreplanta en los locales de la planta baja, existiendo solo licencia para una entreplanta con numero de expediente 523/1981/84390 para instalaciones, cuarto de maquinas y calderas con una superficie de 8,96 metros cuadrados, como lo certifican los expedientes 500/2014/03407 y 500/2014/03409, necesariamente transformando la solicitud de actuación que nos ocupa en una  Solicitud de Certificado de Asimilación a la Situación de Fuera de Ordenación o Declaracion de la propiedad en Fuera de Ordenacion.

Por tanto se Certifica que; primero y antes de cualquier solicitud de cualquier actuación, que la entreplanta en su totalidad localizada en sito Plaza José Moreno Villa numero 2 se encuentra en situacion de fuera de ordenacion no necesitándose certificación alguna para acreditar el estado de situación de fuera de ordenacion, y que ha estado de esta forma desde el momento de la construcción sin licencia de obra del lado izquierdo de la propiedad en el año 2003 y de la segregación sin la preceptiva licencia de segregación de la entreplanta de la planta calle o planta baja a la que estaba adscrita en 1981, a la que el entresuelo pertenecía y sucesivamente de la segregación del entresuelo en lado izquierdo y derecho sin la preceptiva licencia de segregación otorgada por el ayuntamiento de madrid y de esta forma estando en disconformidad con el pgoum97. Todo lo dicho antes de los contratos de compra venta de millas 2004 S.L. Y de Novus Ager S.l.
Y nueve años (9) antes de los contratos de alquiler  entre ambas mercantiles y Don Oriol Joshua D’La-Vega.

La eficacia de la situación de fuera de ordenación es automática, la situación de fuera de ordenación nace o se origina de disconformidad de la propiedad en cuestión con el plan general de ordenación urbana en vigor, en el caso que nos ocupa el PGOUM97, sin que sea una declaración expresa por parte del planeamiento, ni por parte de la autonomía, ni acto administrativo que así lo certifique o declare, la acreditación es automática al estar en disconformidad con el ordenamiento jurídico en vigor, que en este caso la competencia desde el interés jurídico y urbanístico la tiene el PGOUM97 y el Ayuntamiento de Madrid, como lo acredita la siguiente jurisprudencia; Sentencia del TS de 17 de febrero de 1981; Sentencia del TSJ de Murcia, de 20 de diciembre de 1999, Rec: 345/1996; Sentencia del TSJ Baleares, de 7 de marzo de 2003; STJS de Aragón; STSJ de Catalunya de 20 de noviembre de 2014, Rec: 567/2011; y por ultimo con la sentencia del STSJ de Galicia de 26 de noviembre de 2015, Rec:921/2012.

No obstante, podrá emitirse una declaración expresa o certificación a instancia de un ciudadano o de la administración por múltiples motivos: a efectos de la obtención de la licencia de actividades económicas en el caso que nos ocupa, es necesario obtener el certificado de asimilación a la situación de fuera de ordenación de la propiedad o declaración de fuera de ordenación de la propiedad antes de cualquier actuación, y dejar su constancia registral ante el registro de la propiedad de Madrid para poder obtener cualquier tipo de licencia de actividades de las descritas en la Norma Zonal  3 Grado 1 correspondiéndole el nivel B de usos de la Norma Zonal 1 al encontrase dentro del APE 00.01 por lo que la actividad de Albergue, Residencia Estudiantil Universitaria, Hostal, Pensión, Residencia Estudiantil Comunitaria para Ciudadanos Extranjeros, o cualquier actividad de hospedaje seria admisible como compatible complementario planta baja e inferior a la baja, al tener entradas independientes de la entrada principal de la finca, y también la actividad de oficina siempre cuando tenga la preceptiva licencia de actividades o estando dicha licencia en solicitud ante la Agencia de Actividades Económicas de Madrid A.D.A.. Siendo que desde las Ordenanzas de la Edificación correspondientes al plan general de ordenación urbana de Madrid de 1946. Apartado 3 articulo 92 y articulo 95.1, 95.2, 95.3 y 95.4 al PGOUM97 se necesita licencia de actividades para la actividad de oficinas en la Villa de Madrid.

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